Quiebra
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Declaración de quiebra. Procedencia
28 de diciembre de 2017
,por Bertolot, Alicia
{La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Azul, Sala II en la causa nº61724 "HSBC BANK ARGENTINA SA C/ INGENIERO GUILLERMO MILIA S.A. Y OTROS S/ QUIEBRA (GRANDE)" en acuerdo del 31 de octubre de 2017 sostuvo que no es procedente declarar la quiebra del deudor, si el acreedor privilegiado no pudo demostrar que con el valor obtenido en la subasta del bien prendado en la acción individual no alcanzaba para cubrir su crédito}
Causa nº: 2-61724-2016
"HSBC BANK ARGENTINA SA C/ INGENIERO GUILLERMO MILIA S.A. Y
OTROS S/ QUIEBRA (GRANDE) "
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1... >
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Título Ejecutivo
24 de enero de 2017
La Cámara de Apelaciones en lo Comercial Sala I, del Departamento Judicial
Lomas de Zamora, en fallo del 7 de noviembre de 2016, en autos caratulados
{“Perez Benedicto s/Quiebra”}, revocó el fallo de primera instancia y decretó la
quiebra del deudor, sosteniendo que la sentencia recaída en autos
{“Cattaneo,Gustavo c/Perez, Benedicto s/Ejecutivo"}; constituía título ejecutivo
hábil para solicitar la quiebra del deudor, máxime cuando del emplazamiento
efectuado al mismo no pueden extraerse más que negativas genéricas a los
hechos denunciados por el acreedor, además de... >
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12 de enero de 2017
,por Rodríguez, Raquel
INTRODUCCIÓN
En este trabajo se tratará uno de los aspectos que pueden entorpecer el éxito de las acciones de revocatoria concursal y es el límite de la retroacción en el periodo de sospecha, por lo que se analizara su determinación y las dificultades que derivan del límite legal dispuesto por la Ley Nº 24.522 intentando mostrar posibles soluciones.
En primer lugar se describirá la masa activa para luego verificar la forma en que se puede recomponer dicha masa a través de la acción revocatoria concursal.
La norma concursal establece que se podrán declarar inoponibles... >
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25 de julio de 2016
,por Bertolot, Alicia
1. INTRODUCCIÓN
En los procesos universales como son el concurso y la quiebra, la única forma de acceder al pasivo concursal es a través de la verificación de créditos, proceso mediante el cual, en el plazo estipulado por el juez, todos los acreedores por causa o título anterior a la presentación en concurso preventivo deben presentarse ante el sindico, munidos de todos los elementos de prueba que le permitan al funcionario satisfacerse de la veracidad del crédito.
En esta etapa, denominada {“tempestiva”} los acreedores pueden presentarse sin patrocinio letrado, teniendo... >
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Algunas cuestiones a tener en cuenta
20 de noviembre de 2015
,por Bertolot, Alicia
1. INTRODUCCIÓN
Como lo he mencionado en anteriores artículos, el auto de quiebra es la resolución judicial que dicta el juez, ya sea como consecuencia del fracaso del concurso preventivo, o a pedido de un tercero o del propio deudor, a través del cual se decreta el estado falencial de una persona física o jurídica.
La quiebra produce sus efectos sobre la totalidad de bienes que conforman el patrimonio del fallido, y le impone a éste la obligatoriedad de cooperar con la sindicatura para el esclarecimiento de la situación patrimonial y la determinación de los créditos... >
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Su Análisis
12 de diciembre de 2014
,por Del Castillo, Elba C.
1. INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo intentamos delinear un marco general a los conceptos relacionados a la presentación del informe final y proyecto de distribución, previsto por el artículo 218 y siguiente de la Ley Nº 24.522.
Asimismo, realizamos comparaciones con la Ley anterior Nº 19.551.
1.1. Normativa legal
-* Artículo 218:
Diez días después de aprobada la última enajenación, el síndico debe presentar un informe en dos ejemplares, que contenga:
1- Rendición de cuenta de las operaciones efectuadas, acompañando los comprobantes.
2-... >
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Importancia de su Sanción
18 de agosto de 2011
,por Rodríguez, Raquel
1. INTRODUCCIÓN
Hay sectores que señalaron que no es la oportunidad para reformar la Ley de Concursos y Quiebras.
El eje de la reforma gira, casi con exclusividad, en alentar la participación, con acceso y poder de control de los trabajadores –en forma individual, con la representación gremial y/o como una cooperativa de trabajo– en la vida de la empresa en crisis, como así también permitir que puedan adquirir la empresa o continuar con su explotación en caso de quiebra.
En Tucumán hay varios ejemplos acerca de que el {“afectus societatis”} entre los miembros de... >
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¿Cooperativa de Crédito o Profesionales con la Incumbencia especifica?
23 de febrero de 2011
,por Risso, Mario O.
1. LA SINDICATURA Y LAS EXPROPIACIONES
En distintas jurisdicciones de nuestro país, sobre todo en la Provincia de Buenos Aires y en la Ciudad Autónomas de Buenos Aires, se han producido expropiaciones por parte de los Poderes Ejecutivos de estos estados en los procesos falenciales.
En estas situaciones, donde un funcionario concursal (el síndico), que no es un funcionario público ni posee la infraestructura operativa, ni los recursos, ni la cantidad de asesores o de dependientes que tienen estos Estados, que debe liquidar los bienes para poder obtener los ingresos que le... >
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¿Cooperativa de Crédito o Profesionales con la Incumbencia Específica?
24 de enero de 2011
,por Risso, Mario O.
{Suum cuique tribuere} [[{Dar a cada uno lo suyo.}]]
1. INTRODUCCIÓN
El estado de insolvencia cuando se extiende en una sociedad, es un mal que corroe los cimientos de cualquier economía. Dicha esta verdad de Perogrullo, no se puede permitir que ante problemas de este tipo, se den {“soluciones”} que la impulsen o que, al menos, no la combatan.
Se pueden señalar numerosas causas que fomenten los estados de insolvencia, entendiéndose que el estado falencial es el escenario terminal de las mismas, por ser el que produce las mayores consecuencias nocivas.
Para mencionar... >
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1 de marzo de 2010
,por Bertolot, Alicia
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Proyecto de modificación de la Ley de Concursos y Quiebras enviado por el Poder Ejecutivo Nacional
Con fecha 17 de marzo de 2010 ingresó en el Senado de la Nación un proyecto de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras, enviado por el Poder Ejecutivo Nacional modificando sustancialmente los artículos referidos a la continuidad de la explotación. Además de éstos, propone, entre otros cambios, la reforma del artículo 48 de la Ley de Concursos y Quiebras, introduciendo la posibilidad que las cooperativas de trabajo de la misma empresa se inscriban... >
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Supuestos
1 de octubre de 2009
,por Quiroga, Mabel Lujan
1. INTRODUCCIÓN
Una de las herramientas que nos da la normativa para aumentar el activo liquidable con el propósito de repartirlo entre los acreedores insatisfechos como consecuencia de la insolvencia del deudor, es la extensión de la quiebra.
La ley contempla diversos supuestos en los cuales una quiebra preexistente –llamada quiebra principal– se propaga o extiende a otro sujeto, a quien se declara en quiebra {“refleja” o “por extensión”}.
En este trabajo, introducimos conceptos y supuestos que tienen que ver con este instituto, a la vez que realizamos un... >
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El Proceso de Quiebra
1 de septiembre de 2009
,por Quiroga, Mabel Lujan y Ponce, Silvia y Simon, Graciela
1. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo contiene en primer lugar aspectos conceptuales, tanto en lo que se refiere a las personas jurídicas, asociaciones en general y a los sindicatos en particular, en cuanto a su constitución, composición de su patrimonio, entre otros temas relacionados.
Posteriormente, realizamos un análisis de la situación de éstas ante un proceso falencial y las consecuencias que el mismo acarrea tanto para sus miembros como para la asociación en si misma.
En segundo lugar se comentan principalmente dos (2) fallos referentes a sindicatos declarados en... >
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La Actuación del Adquiriente y del Síndico
1 de junio de 2009
,por Rodríguez, Raquel
1. INTRODUCCIÓN [[{Revista de Derecho Privado y Comunitario, año 2000/03, Boleto de Compraventa, Rubinzal–Culzoni Editores, Santa Fe, 2001, página 131.}]]
La suscripción de un boleto de compraventa es uno de los pasos que habitualmente se utiliza para la adquisición de un bien.
A veces, al no escriturar inmediatamente se vuelve imprescindible la firma de un boleto de compraventa en el cual se establecen las condiciones de venta, precios, plazos, penalidades por incumplimiento, fecha de escrituración, etcétera.
Este simple documento no acredita necesariamente la posesión... >
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La Actuación del Síndico Concursal
1 de abril de 2009
,por Rodríguez, Raquel
1. Introducción
En el derecho comercial empresarial resulta fundamental la preocupación de investigar los procedimientos para la conservación de la empresa, ya que la misma es una actividad útil para la comunidad así como fuente de trabajo para los dependientes.
La Ley de Sociedades Comerciales contiene numerosas disposiciones que tienden a evitar la disolución de la empresa, y producida la insolvencia, la
Ley de Concursos y Quiebras pretende a través del procedimiento de continuación empresaria, tratar de proteger a la empresa, ente útil para defender dichas... >
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La Actuación del Síndico Concursal
1 de marzo de 2009
,por Rodríguez, Raquel
1. INTRODUCCIÓN
La quiebra es un procedimiento de ejecución colectiva, cuyo fin esencial consiste en convertir los bienes del deudor en un medio universal de pago, es decir, en dinero, para repartirlo proporcionalmente entre los acreedores, de acuerdo con el consabido principio de igualdad reflejado en la regla de la pars conditio creditorum.
Se trata, pues, de liquidar el patrimonio del fallido, sustraído de su disponibilidad a través del desapoderamiento, para hacer efectivo el derecho general de prenda que tienen sus acreedores y pagar a éstos sus respectivos créditos en el... >
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Asignación al Estado de los Importes no Cobrados. Inconstitucionalidad
1 de agosto de 2007
{“CARDONE JUAN CARLOS s/QUIEBRA”}
CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE GARANTÍAS EN LO PENAL DE NECOCHEA, DEL 05/04/2005
En este fallo la Cámara de Apelaciones de Necochea declara la inconstitucionalidad de la segunda parte del artículo 224 de la Ley de Concursos y Quiebras, y sostiene que ante la inacción de los acreedores que no se presentaron a percibir el dividendo concursal que le fuera asignado, habiéndose declarado la caducidad del mismo, no corresponde que sea asignado al Estado, sino que el remanente debe ser entregado al deudor, sosteniendo que... >
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Desafectación como Bien de Familia de un Inmueble. Improcedencia
1 de mayo de 2007
{“BAUMWOHLSPINER DE PILEVSKI, NELIDA s/QUIEBRA”}
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DEL 10/04/2007
En este fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, descalifica un pronunciamiento anterior de la Cámara Nacional de Apelaciones, Sala D, por arbitrariedad de sentencia, donde esta última había admitido la solicitud del síndico de la quiebra, de desafectar como bien de familia un inmueble de propiedad de la fallida, atento a que existían acreedores verificados de causa o título anterior a la afectación.
Sostiene que el síndico no está legitimado para... >
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Responsabilidad de los Representantes
1 de abril de 2007
{“CLÍNICA PRIVADA BRUZZONE S.A. s/QUIEBRA”}
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, SALA E, DEL 08/08/2001
En este fallo, el juez de grado decretó la inhibición general de bienes de los ex–directores de la sociedad fallida, habida cuenta que éstos podrían encontrarse alcanzados por las responsabilidades previstas en la Sección III de la Ley de Concursos y Quiebras, artículo 173 y siguientes. La Cámara confirmó la sentencia del juez de grado en razón de que si bien no se había planteado ninguna acción de responsabilidad contra los directores, a los... >
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Boletas de Deuda Emitidas por el Fisco. Intereses
1 de septiembre de 2006
{“SOL CLUB VACACIONAL S.A s/QUIEBRA”}
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, DEL 07/03/2006
En reciente fallo del 7 de marzo de 2006, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala A, en autos {“Sol Club Vacacional S.A. s/Quiebra”}, consideró que son suficientes las boletas de deuda emitidas por el fisco para cumplir con la carga de la prueba del crédito en los términos del artículo 32 de la Ley de Concursos y Quiebras, cuando la sindicatura, al no aconsejar su verificación, se limitó a hacerlo en forma generalizada, sin cuantificar... >
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Honorarios Profesionales e Intereses. Privilegios
1 de julio de 2006
{“SANATORIO LAS FLORES S.A. s/ QUIEBRA”}
CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEPARTAMENTAL, SALA II, DEL 15/10/2004
En este fallo se establece que los honorarios profesionales de los letrados del trabajador regulados en sede laboral no están comprendidos en el privilegio especial del inciso 2) del artículo 241 de la Ley de Concursos y Quiebras, sino en el privilegio general del inciso 1) del artículo 246.
Por lo tanto, el credito de autos debió ser admitido con privilegio general comprensivo del capital y los intereses por el plazo de dos años, contados... >
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